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Clínica deberá pagar 200 millones de pesos por negligencia en atención postparto

  • Martes 11 de enero de 2022
  • 12:26 hrs

La Clínica Iquique SA deberá pagar una indemnización total de $200.000.000 por su responsabilidad en la deficiente atención posparto que provocó un retraso en el desarrollo psicomotor y secuelas neurológicas a recién nacida.

La Corte Suprema declaró inadmisible el recurso de casación en la forma y rechazó el recurso de casación en el fondo interpuestos en contra de la sentencia que condenó a la Clínica Iquique SA a pagar una indemnización total de $200.000.000 (doscientos millones de pesos) por su responsabilidad en la deficiente atención posparto que provocó un retraso en el desarrollo psicomotor y secuelas neurológicas a recién nacida.

En fallo unánime (causa rol 56.234-2021), la Primera Sala del máximo tribunal –integrada por la ministra Rosa Egnem, el ministro Arturo Prado, la ministra María Angélica Repetto y los abogados (i) Héctor Humeres y Raúl Fuentes–consideró que el recurso no puede prosperar por manifiesta falta de fundamento.

Que, de acuerdo a los antecedentes de la causa, el hecho que motiva la demanda son las secuelas provocadas a la menor (…), que habría acontecido por la negligencia de los demandados en su atención luego del parto, estableciéndose como hechos de la causa que la menor padeció un distress respiratorio agudo diagnosticado con 7 horas de retraso, presentando un cuadro asfíctico severo con cianosis y saturación de oxígeno de 50%, y que el retraso del diagnóstico tanto del cuadro de bronconeumonía connatal como de su complicación produjo un neumotórax a tensión con desviación mediastinal causante de una hipoxemia severa y encefalopatía hipóxico isquémica que dañó el tejido cerebral y causó parálisis cerebral secundaria, diagnosticándose a los cinco meses una encefalomalacia periventricular post isquémica por los facultativos del Instituto Teletón”, detalla el fallo.

La resolución agrega que: “se declara inadmisible el recurso de casación en la forma y se rechaza el recurso de casación en el fondo interpuestos Marco Antonio Iglesias Muñoz, en representación de la parte demandada, contra la sentencia de quince de julio de dos mil veintiuno”.