Click acá para ir directamente al contenido

Emergencia ambiental regirá este sábado en Talca, Maule, Curicó y sector poniente de Romeral

  • Viernes 2 de julio de 2021
  • 16:14 hrs
Imagen referencial (Diarios en Red).

Imagen referencial (Diarios en Red).

Tal medida se decreta considerando las condiciones climáticas que indican bajas temperaturas, sin precipitaciones y malas condiciones de ventilación.

La Intendencia del Maule declaró Emergencia Ambiental para este sábado 03 de julio de 2021, que corresponde a un episodio crítico de contaminación atmosférica por material particulado respirable para las comunas de Talca, Maule, Curicó y el sector poniente de Romeral. 

Tal medida se decreta considerando las condiciones climáticas que indican bajas temperaturas, sin precipitaciones y malas condiciones de ventilación.

Las medidas implementadas ante la Emergencia Ambiental en Talca y Maule corresponden a las siguientes: 

  • Se suspenderán las actividades físicas y deportivas al aire libre y al interior de gimnasios durante todo el día.
  • No se permitirán humos visibles provenientes de viviendas entre las 24 horas del día (en polígono único).
  • Se prohibirá el funcionamiento de calderas con una potencia térmica nominal mayor a 75 kWt y con emisiones mayores a 30 mg/m3N de material particulado, las 24 horas del día (en la zona saturada).
  • Se prohibirá el funcionamiento de calderas a leña o carbón con una potencia térmica nominal menor a 75 kWt y hornos a leña o carbón, las 24 horas del día horas del día (en la zona saturada).

Las medidas implementadas ante la Emergencia Ambiental en Curicó y sector Poniente de Romeral corresponden a las siguientes:

  • Se prohíbe en el polígono de restricción el funcionamiento de calderas a leña o
    carbón mineral con una potencia térmica nominal menor a 75 kWt y de hornos a
    leña o carbón vegetal, Prohibición, entre las 06:00 horas y las 06:00 horas del día
    siguiente.
  • Se prohíbe en el polígono de restricción el funcionamiento de calderas industriales
    y de calefacción, con una potencia igual o mayor a 75 kWt y que presenten
    emisiones mayores o iguales a 30 mg/m3N de material particulado, entre las 06:00
    horas y las 06:00 horas del día siguiente.
  • En la(s) zona(s) territorial(es) que la autoridad ambiental previamente determine
    no se permitirán humos visibles provenientes de las viviendas, entre las 06:00
    horas y las 06:00 horas del día siguiente, exceptuando un periodo máximo de 15
    minutos continuos para el encendido de los artefactos.
  • En cuanto a actividad física se sugiere seguir recomendaciones de la “Guía de
    recomendaciones de Actividad Física con Alerta Ambiental del MINSAL”.